martes, 2 de octubre de 2012
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Ernesto Talens; abogado 14072 del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia.
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jueves, 20 de septiembre de 2012
El martes pasado tuve el honor de ser invitado a participar en el foro de jóvenes abogados. Se trata de una excelente iniciativa promovida desde la junta de gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, al que pertenezco. Me es grato iniciar estas palabras con un sincero agradecimiento al decano de este colegio don Mariano Durán Lalaguna, no solo por la iniciativa, sino por su cercanía a la hora de interesarse por los problemas de este colectivo y, en especial por los jóvenes abogados que tratamos de labrarnos un futuro en esta dura y competitiva profesión, sino también por su sinceridad, a la hora de comentar con nosotros los problemas con la conselleria, los impagos del turno de oficio y otras preocupaciones; pero sobre todo por su humildad a la hora de reconocer errores y no alardear de los aciertos. Finalmente compartió con un compañero, Alejandro y con un servidor un pitillo en la terraza de la cafetería, comentando aspectos y necesidades de este "maltratado colectivo".
En la sesión del grupo B (en el que he quedado encuadrado, debido a las numerosas personas invitadas), se debatieron algunos temas que revisten interés, otros quedaron en el tintero, hasta una nueva sesión.
Entre los temas que se trataron fueron los problemas por los impagos, reiterados y que ya están siendo irreversiblemente dañinos para algunos compañeros, de la conselleria de Justicia de la Generalitat Valenciana. Entre las aportaciones del Decano, debo mencionar dos muy importantes; al parecer, ya se ha obtenido el confirming por parte de las instancias administrativas para iniciar los pagos correspondientes al primer trimestre de 2012 (todavia pendiente); por lo que pronto los compañeros del turno comenzarán a cobrar sus honorarios debidos. Por otro lado ya está sobre la mesa del Conseller de Justicia, una nueva revisión del decreto de la Generalitat por la que se establecían las remuneraciones a los abogados del turno de oficio. Según el decano, la revisión será al alza en la mayoria de los conceptos, manteniendose y reduciendose algunos otros (los menos), por lo que, desde un punto de vista global, muy posiblemente se mejore la remuneración de estos sacrificados compañeros. Esperemos que así sea. La única condición para la firma es que la Conselleria se ponga al día en los pagos. Importante handicap, ya que, en este momento se están haciendo frente a los pagos del primer trimestre de 2012. Esperaremos, pero no me queda mas remedio que apremiar a la conselleria y pedirle ese esfuerzo tan necesario para la supervivencia de tantos compañeros abogados.
En segundo lugar, va ha iniciarse una campaña en medios de radio y en los cines, sobre la profesión de la abogacía, ciertamente desprestigiada cara a a la opinión pública. Poner en valor esta profesión ya no es una necesidad de los propios abogados en general, sino también para una sociedad necesitada de personas que defiendan sus intereses ante los avatares de esta cruel vida.
Pese a la monopolización de la sesión por parte de los problemas ocasionados por los impagos, anteriormente referidos, destacaron (a mi juicio) varias propuestas; en primer lugar, la necesidad para que los usuarios del beneficio de la justicia gratuita sepan, en todo momento, cuanto cuestan los servicios que están recibiendo, de manera gratuita, si fuera el caso de acudir a un abogado privado. A veces ocuurre, que, se nos escapa poner en valor ciertas cosas, solo por el mero hecho de que sean gratuitas (gratuitas para el usuario), ya que, un usuario de la justicia gratuita no paga nada, pero el servicio tiene un coste: desplazamientos, horas que no se dedican a otros asuntos, envio de correo, fotocopias...etc. Es importante que el usuario este informado.
También considero importante una aoprtación (que no se debatió) y que puede resultar interesante a priori, salvando, evidentemente los problemas que pudiera presentar una dotación presupuestaria. Esta aportación, realizada por el compañero Ignacio de Guzmán, consiste en la asumción por parte del colegio de la deuda que algunos clientes mantienen con los abogados, ya sea asumiendo parte de la deuda y encargándose de reclamarla o bien, creando acuerdos de colaboración con otras entidades para que estos créditos sean adquiridos (total o parcialmente) y sean estas entidades quienes se encarguen de cobrarlas. De igual modo, Ignacio aportó, la excelente idea de crear un registro de clientes morosos, al estilo RAI o ASNEF para que los propios abogados pudieramos evaluar, con mayores garantias la idoneidad de aceptar un cliente o solicitar una provisión de fondos mayor.
Para finalizar, quisiera igualmente haceros partícipes de una idea que se me ha ocurrido y que tengo la intención de presentarla en la próxima sesión. Se trata de la creación de un banco de equipamientos. Consistiría en que abogados que sustituyen su mobiliario y/o sus equipos técnicos puedan donarlo ( o venderlo a muy bajo precio) para ponerlo a disposición de abogados que inician su labor o atraviesan problemas economicos, de tal manera que, la inversión inicial se vea reducida aprovechando así los excedentes de compañeros a los que les va mejor.
En cualquier caso, me despido, esperando que esta iniciativa, y otras tantas que el ICAV tiene pensado implementar, no queden diluidas por el paso del tiempo. Los jóvenes abogados que hemos respondido a esta invitación tenemos igualmente la obligación y el deber de procurar que no sea así.
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martes, 17 de julio de 2012
La propuesta de la Comisión Europea para una Ley Europea Común de Ventas, publicada en octubre de 2011, ha suscitado diferentes reacciones de varias partes en relación con, entre otros, las bases legales escogidas por la Comisión y la relación de la propuesta con el Artículo 6 del Reglamento de la ley aplicable en las obligaciones contractuales (“Roma I”). El 16 de febrero de 2012 CCBE adoptó su posicionamiento preliminar en este asunto donde se indicó que aunque CCBE no tiene una posición para prejuzgar estos asuntos legales, no obstante considera que al menos existen serias dudas que podrían dar lugar a inseguridad jurídica y confusión entre los consumidores y comerciantes. “En anteriores documentos emitidos, CCBE ha expresado apoyo al trabajo de la Comisión Europea en el área de Ley Contractual y Ley de Ventas, y finalmente va a presentar una respuesta completa sobre el contenido de la propuesta”, dijo la Presidenta de CCBE en 2012, Marcella Prunbauer-Glaser. “Sin embargo, la aceptación del Reglamento CESL estaría fuertemente afectado si no hubiera una base sólida para su promulgación”. CCBE ha llamado a las instituciones de la UE a participar en un análisis profundo de estos asuntos antes de seguir adelante con el proceso legislativo. Por el momento, el Comité de Derecho Privado Europeo de CCBE aún está analizando las diversas disposiciones de la propuesta con el objetivo de presentar un posicionamiento definitivo a finales de 2012
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miércoles, 2 de mayo de 2012
Últimamente están surgiendo por doquier numerosas quejas sobre las prácticas abusivas de ciertas entidades bancarias, las cuales, aprovechandose de su superior fuerza no dudan en atacar, hasta extremos que pueden incluso ser considerados acoso, a los ciudadanos que, por circunstancias ajenas a su voluntad, tienen alguna cantidad pendiente de pago con dichas entidades.
Recientemente, hemos tenido conocimiento de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número UNO de Gandia, en la cual se desestimó las pretensiones de la entidad bancaria BSCH, en reclamación de cantidad de 14.979,61 euros por, entre otras cosas, resolver el contrato de préstamo, con manifiesta mala fe, habiendo continuando cobrando, las cuotas de dicho préstamo, hasta que un dia determinado, dejó de girar dichas cuotas, provocando ella misma, su propio impago y resolviendo de manera injusta el contrato que hasta ese dia le unía a un ciudadano normal y corriente. Sí es cierto que existía una cuota impagada. Una, no tres como alegaba ael banco. La sentencia, no deja de ser esperanzadora, poniendo de manifiesto que la entidad ha sido condenada igualmente al pago de las costas. Digo esperanzadora porque, ya no podemos decir que, ante los bancos, lo mejor es pagar y callar, porque, inexorablemente se debe animar a los ciudadanos a que planten cara contra estas monstruosas prácticas, mas si cabe cuando la conducta del ciudadano ha sido intachable. Esto que digo es importante porque existen muchos compañeros abogados muy competentes que, aunque con menos recursos, hacen frente a estas entidades con presteza y diligencia y, es más, no solo de desahucios viven los llamados "despachos anti-banco", sino también de pequeñas cantidades (aparentemente) pero que son injustamente reclamadas. Entre todo este batiburrillo y exceso de confianza de los abogados del BSCH (por no llamarla dejadez o, sencillamente ineptitud), entra en escena una empresa denominada LINDORFF HOLDING SPAIN, quién a través de una operación financiera, adquiere numerosos créditos fallidos del BSCH, por un 15% de su valor; entre dichos créditos se encuentra el de nuestro cliente, así pues, pese a que la operación se firmó a finales de 2011, la representación procesal del Banco (o de Lindorff, que es la misma) presentó el acuerdo cuando el pleito quedaba visto para sentencia. No resulta lógico pues, salvo que los abogados de BSCH pensaran que el pleito estaba ganado de calle, facilitando la tarea a la empresa adquirente (incluida condena en costas). Pero las cosas se le torcieron cuando el Juez de Primera Instancia nº 1 de Gandia, dió la razón al demandado. Ahora la patata caliente se la tiene que comer LINDORFF, pues tiene una sentencia contraria a sus intereses, con condena en costas (que deberá hacer efectiva BSCH) y, una apelación pendiente que lo que puede hacer es que se incrementen las costas en su contra. La cuestión hubiera ido sobre ruedas, como digo, si BSCH hubiera ganado el juicio, pero no ocurrió así. Ahora, veremos como se defienden y, lo mas interesante; como le reclaman el crédito a mi cliente.
La situación queda de la siguiente manera: BSCH deja de ser acreedor de mi cliente; BSCH, sigue con el pleito hasta que queda visto para sentencia; BSCH comunica la venta del crédito al juzgado (con bastante mala leche, por cierto); BSCH pierde el pleito con condena en costas; el Juzgado acuerda la sucesión procesal en favor de LINDORFF, Lindorff se come el marrón.
Llegados a este punto, quedan algunas incognitas por despejar:
¿Quién asumirá las costas de 1ª Instancia: BSCH o Lindorff?
¿Presentarán apelación y en base a que argumentos?
¿Como piensa reclamar Lindorff el crédito si ya existe cosa juzgada sobre la reclamación de cantidad presentada por BSCH?.
¿Es posible que nuestro cliente no deba abonar el resto del préstamo de 18.000 €?.
En fin, no tenemos respuestas para todo, pues somos abogados y no futurólogos ni politicos, pero una cosa si es cierta, sea como sea, y, esperamos que sea una mas entre un millón, BSCH, perderá dinero, puesto que mi cliente nunca se negó a pagar y Lindorff dificilmente va a poder cobrar esta deuda, ni tan siquiera instando un nuevo juicio.
La satisfacción es mayor cuando gracias a nuestra actividad un abuso contra los débiles no ha quedado impune.
Ernesto y Juanjo.
A3 Abogados.
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MANIFIESTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CGPJ